LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES INFORMA:
De acuerdo a lo establecido en el articulo 49 de la Ley del Mercado de Valores y el articulo 217 del Reglamento de Aplicación de la Ley del Mercado de Valores, aprobado mediante el Decreto No. 664-12, aprueba el uso del Manual de Valuación de Instrumentos Gubernamentales, asi como el cobro de la tarifa propuesta en el tarifario presentado por la Bolsa de Valores de la República Dominicana.
Cabe destacar, que el tarifario señalado anteriormente, incluye los valores emitidos por el Banco Central de la Republica Dominicana, el Gobierno Central y las ofertas públicas aprobadas por la Superintendencia.
El Manual de Valuación de Instrumentos Gubernamentales aprobado a la Bolsa de Valores reposa en el Registro del Mercado de Valores y Productos y en la pagina Web de la referida entidad.