La Superintendencia del Mercado de Valores es un organismo autónomo y descentralizado del Estado Dominicano, creado en el año dos mil (2000), el cual desempeña sus funciones de conformidad con la Ley núm. 249-17, del Mercado de Valores de la República Dominicana.

La Superintendencia tiene como objeto promover un mercado de valores ordenado, eficiente y transparente, proteger a los inversionistas, velar por el cumplimiento de la ley y mitigar el riesgo sistémico, mediante la regulación y fiscalización de las personas físicas y sociedades que operan en el mercado de valores.

Asimismo, como parte de sus atribuciones o funciones principales, la Superintendencia:

  1. Autoriza a los participantes del mercado de valores y las ofertas públicas de valores;
  2. Emite la normativa complementaria para el desarrollo de la Ley;
  3. Supervisa e inspecciona las actividades y operaciones de los participantes del mercado de valores;
  4. Sanciona a los infractores de la normativa del mercado; y
  5. Tiene a su cargo el Registro del Mercado de Valores, donde se inscriben las personas físicas y jurídicas que participan en el mercado de valores, así como su información pública y de los valores inscritos en el Registro.

Para conocer más sobre la Superintendencia del Mercado de Valores, sus funciones, los participantes del mercado, los valores de oferta pública, sobre el mercado de valores en sí mismo y otros aspectos de tu interés, te invitamos a acceder a nuestra página web (www.simv.gob.do) y analizar la Ley 249-17 del Mercado de Valores.

Es el registro a disposición del público en general, en cual la Superintendencia del Mercado de Valores inscribe a las personas físicas y jurídicas que participan en el mercado de valores, es decir, las personas físicas y sociedades autorizadas por el regulador para operar en el mercado de valores, así como la información pública respecto de los valores que se inscriban en el Registro y de los participantes del mercado de valores regulados por la Ley núm. 249-17, del Mercado de Valores de la República Dominicana. A través de dicho Registro puedes consultar información importante del mercado de valores, de las personas que cuentan con una licencia para realizar actividades y sobre los valores de oferta pública.

Puedes acceder a la información pública del Registro del Mercado de Valores, en formato electrónico, empleando el siguiente enlace:

https://seri.simv.gob.do/consulta/Participantes_Tipos.php

Son las personas físicas o jurídicas, inscritas en el Registro del Mercado de Valores y reguladas por la Superintendencia del Mercado de Valores, estos pueden ser:

  • Emisores;
  • Depósito Centralizado de Valores;
  • Intermediarios de Valores;
  • Sociedad Administradora de Mecanismos Centralizados de Valores;
  • Calificadoras de Riesgo;
  • Corredores de Valores;
  • Promotores de Inversión;
  • Auditores Externos
  • Sociedad Administradora de Fondos de Inversión
  • Proveedor de precios;
  • Sociedad Titularizadora;
  • Sociedad fiduciaria de oferta pública de valores;
  • Entidades de contrapartida central;

Asesores de inversión.

Es el mercado que comprende la oferta y demanda de valores organizando en mecanismos centralizados de negociación y en el Mercado OTC, para permitir el proceso de emisión, colocación y negociación de valores de oferta pública inscritos en el Registro del Mercado de Valores, bajo la supervisión de la Superintendencia.

Son sistemas multilaterales y transaccionales, que mediante un conjunto determinado de reglas de admisión, cotización, actuación, transparencia y convergencia de participantes, reúnan o interconecten simultáneamente a varios compradores y vendedores, con el objeto de negociar valores de oferta pública y divulgar información al mercado sobre dichas operaciones.

Es el mercado que se desarrolla fuera de los mecanismos centralizados de negociación con valores de oferta pública de acuerdo a lo establecido en la Ley núm. 249-17, del Mercado de Valores de la República Dominicana.

El mercado primario de valores es aquel en el que las emisiones de valores de oferta pública son colocadas por primera vez en el mercado de valores para financiar las actividades de los emisores.

El mercado secundario de valores es el que comprende todas las transacciones, operaciones y negociaciones de valores de oferta pública, emitidos y colocados previamente en el mercado primario.

El emisor es la persona jurídica que se inscribe en el Registro del Mercado de Valores para realizar una oferta pública de valores, previa autorización de la Superintendencia del Mercado de Valores.

Por otra parte, una emisión es el conjunto de valores negociables que proceden de un mismo emisor y que se pueden considerar homogéneos entre sí, atribuyéndole a sus tenedores un contenido similar de determinados derechos y obligaciones, que forman parte de una misma operación financiera y que responden a una unidad de propósito.

Para más información sobre los emisores y las emisiones del mercado de valores nacional, te invitamos a verificar el Registro del Mercado de Valores, al cual puedes acceder en formato electrónico empleando este enlace: https://seri.simv.gob.do/consulta/Participantes_Tipos.php

Los estados financieros están disponibles en nuestras oficinas para consulta del público y a través de la página web de la Superintendencia del Mercado de Valores, en la sección “Mercado de Valores”, sub-sección “Información Financiera” (https://seri.simv.gob.do/consulta/estados_fin.php ).

De acuerdo a la Ley núm. 249-17, del Mercado de Valores de la República Dominicana, es un derecho o conjunto de derecho de contenido esencialmente económico, que incorpora un derecho literal y autónomo que se ejercita por su titular legitimado. Estos pueden clasificarse en valores de renta variable y valores de renta fija. Quedan comprendidos dentro de este concepto, los instrumentos derivados que se inscriban en el Registro del Mercado de Valores.

Son valores que otorgan a sus titulares, derechos o partes alícuotas de participación sobre el patrimonio del emisor a prorrata de la inversión, siendo el rendimiento variable en forma de ganancias de capital o distribuciones periódicas de dividendos, según la política de dividendos establecida.

Son valores representativos de deuda procedentes del pasivo del emisor, cuyo rendimiento no depende de sus resultados financieros, por lo que le representan una obligación de restituir el capital invertido más un rendimiento predeterminado, en los términos y condiciones señalados en el respectivo valor.

Son los instrumentos ofrecidos y negociados en el mercado financiero, conformados por activos financieros, instrumentos representativos de pasivos financieros o de patrimonio, y los instrumentos derivados. Entre los más comunes podemos citar los siguientes:

 

  • Acciones: Valores de renta variable que representan una parte alícuota del capital social de una sociedad anónima y que podrá ser ordinarias, también llamadas comunes, o preferidas.
  • Bonos: Valores de renta fija emitidos por personas jurídicas a un plazo mayor a un año.
  • Papeles comerciales: Valores de renta fija emitidos por personas jurídicas a un plazo de hasta un año.
  • Cuotas de participación: Cada una de las partes alícuotas, de igual valor y características, en las que se divide el patrimonio de un fondo de inversión abierto o un fondo de inversión cerrado, que expresa los aportes realizados por un aportante que otorga a éste último, derechos sobre el patrimonio del mismo.
  • Valores de fideicomiso: Son aquellos valores que están respaldados por fideicomisos de oferta pública dentro de un proceso de titularización, al amparo de la Ley núm. 249-17, del Mercado de Valores de la República Dominicana.

Valores titularizados: Son valores de oferta pública originados mediante procesos de titularización, emitidos por una sociedad titularizadora con cargo a un patrimonio separado, al amparo de la Ley del Mercado de Valores y demás disposiciones jurídicas aplicables al proceso de titularización.

Es un documento escrito de carácter público que contiene características concretas de los valores que se ofrecen y, en general, los datos e información relevante respecto del emisor y de los intervinientes del proceso de oferta pública.

El prospecto de emisión es un documento que transparenta información de interés sobre el emisor y los valores que se ofrecen en lenguaje claro y preciso, con el objetivo de que los potenciales inversionistas puedan adoptar una decisión informada sobre la inversión que se les propone y del emisor de dichos valores, sin lugar a la formación de juicios erróneos. El prospecto debe contener información suficiente y relevante, omitiendo datos que puedan inducir a error a los inversionistas.

El prospecto brinda un panorama claro sobre su posible inversión, así como una descripción de los beneficios y riesgos que asume.

No. Si bien es cierto que la Superintendencia del Mercado de Valores tiene como función autorizar e inscribir en el Registro del Mercado de Valores las ofertas públicas de valores, esta autorización e inscripción no implica certificación, ni responsabilidad alguna por parte de la Superintendencia, respecto de la solvencia de las personas físicas o jurídicas inscritas en el Registro, ni del precio, negociabilidad o rentabilidad de los valores de oferta pública, ni garantía sobre las bondades de dichos valores.

Son las entidades facultadas para crear y llevar el libro contable que conforma el registro de propiedad de los valores entregados en depósito, mediante el cual se instrumenta el sistema de anotación en cuenta. Entre sus funciones principales se encuentran:

  • Llevar el registro contable correspondiente a valores representados por medio de anotaciones en cuenta inscritos en el Registro.
  • Llevar a cabo la desmaterialización de títulos valores físicos previamente inscritos en el Registro.
  • Prestar servicios técnicos y operativos directamente relacionados con los de registro y cualesquiera otros requeridos para que el depósito centralizado de valores colabore y coordine sus actuaciones con otros ámbitos y sistemas de registro, compensación y liquidación de valores de oferta pública, y pueda participar en estos últimos.
  • Registrar gravámenes y otros derechos reales sobre los valores depositados.
  • Actuar como agente de pago de valores de oferta pública inscritos en el Registro.

La desmaterialización es el proceso mediante el cual un valor representado en forma física (título físico) se transforma o convierte en un registro electrónico denominado “anotación en cuenta”, que se encuentra a cargo de un depósito centralizado de valores autorizado. Los valores que se inscriban en el Registro para someterlos a un proceso de oferta pública, previo a su colocación en el mercado primario y aquellos que se negocien en el mercado secundario, deben ser desmaterializados.

El asesor de inversión es una figura novedosa de la Ley núm. 249-17, del Mercado de Valores de la República Dominicana. Son personas físicas y jurídicas que, sin fungir como intermediarios de valores, proporcionan de manera habitual y profesional asesoría en materia de inversión en valores de oferta pública inscritos en el Registro, análisis y recomendaciones de inversión de manera individualizada y las demás actividades previstas en la ley y sus reglamentos.

Los intermediarios de valores, también llamados puestos de bolsa, son sociedades anónimas constituidas de conformidad con la Ley de Sociedades, cuyo objeto social único es la intermediación de valores de oferta pública y las demás actividades autorizadas previstas en la normativa del mercado de valores.

De conformidad con la Ley núm. 249-17, del Mercado de Valores de la República Dominicana, los intermediarios de valores son regulados por la Superintendencia del Mercado de Valores.

Para más información sobre los intermediarios de valores autorizados por la Superintendencia del Mercado de Valores, te invitamos a verificar el Registro del Mercado de Valores, al cual puedes acceder en formato electrónico empleando este enlace: https://seri.simv.gob.do/consulta/Participantes_Tipos.php

La Ley núm. 249-17, del Mercado de Valores de la República Dominicana, lo define como la adopción de las medidas razonables para obtener el mejor resultado posible para las operaciones y transacciones en el mercado de valores, teniendo en cuenta el tipo de inversionista, el precio, los costos, la rapidez y probabilidad en la ejecución y liquidación, el volumen, la naturaleza de la operación y cualquier otro elemento relevante para la ejecución de la orden o instrucción del cliente.

Asimismo, se establece que cuando se trate de inversionistas no profesionales, el mejor resultado posible bajo el deber de mejor ejecución se evaluará con base en el precio de la operación o transacción en las condiciones de mercado al momento de su realización, obtenido después de restarle todos los costos asociados a la respectiva operación o transacción, cuando haya lugar a estos.

 

Para los inversionistas profesionales, el mejor resultado posible deberá tener en cuenta, el precio de la operación o transacción, los costos, el tiempo de ejecución, la probabilidad de la ejecución, y el volumen, entre otros.

Si eres una persona que realiza habitualmente operaciones con valores de oferta pública o que por tu profesión, experiencia, conocimiento, actividad o patrimonio, puede asumirse que posees un alto conocimiento del mercado de valores, puedes ser categorizado como inversionista profesional. Si no cumples con estas características, podrías considerarte como un inversionista no profesional.

Sin importar la categoría en la cual entiendes que te encuentras, a la hora de invertir en el mercado de valores, te invitamos a asegurarte de que tu asesor o corredor de valores determine y te informe cuál es tu perfil de inversionista, para que puedas conocer tu tolerancia al riesgo o capacidad para asumir pérdidas, entre otras variables, que te permitirán seleccionar las opciones que se ajustan a sus necesidades u objetivos de inversión.

Para más recomendaciones, te invitamos a leer el “Decálogo del Inversionista” y tener presente las advertencias emitidas por la Superintendencia del Mercado de Valores respecto de las entidades no reguladas y esquemas fraudulentos.

Es la categorización del cliente en base a su aptitud para asumir riesgos en el mercado de valores, en función de su capacidad de comprensión financiera de la transacción, su capacidad económica integral y los tipos de riesgos que estaría dispuesto a asumir.

En definitivas cuentas, un perfil de inversionista es una evaluación personalizada que reúne un conjunto de características relevantes, que permitirán al puesto de bolsa ofrecerle los productos y servicios ajustados a sus intereses y a usted tomar correctamente sus decisiones de inversión.

Es un esquema de inversión colectiva mediante un patrimonio autónomo que se constituye con el aporte de sumas de dinero de personas físicas o jurídicas, denominadas aportantes, para su inversión, por cuenta y riesgo de los mismos, en bienes inmuebles, valores o cualquier derecho de contenido económico, dependiendo de la naturaleza del fondo, y cuyos rendimientos se establecen en función de los resultados del mismo. Los fondos de inversión pueden clasificarse en fondos mutuos o abiertos, o fondos cerrados.

Para conocer los fondos de inversión, las sociedades administradoras y el mercado de valores en sentido general, te invitamos a leer la guía “Conociendo el Mercado de Valores y acceder a la información pública disponible en el Registro del Mercado de Valores.

Son aquellos que admiten la incorporación y el retiro de aportantes conforme las reglas establecidas en el reglamento interno, por lo que el monto del patrimonio y el número de las cuotas emitidas es variable, continua e ilimitada. Su plazo de duración es indefinido y las cuotas de participación colocadas entre el público no son negociables ni transables, ya que son redimibles directamente por el mismo fondo que los emite, a través de la sociedad administradora que los gestiona, excepto en los casos que se establezcan mediante reglamento.

Son aquellos cuyo número de cuotas de participación colocadas entre el público es fijo y no son redimibles a solicitud de los aportantes directamente por el mismo fondo que los emite, excepto en los casos establecidos en la Ley del Mercado de Valores, por lo que son negociables a través de las bolsas de valores. Estos fondos pueden tener un plazo de duración determinado o indeterminado, según el tipo de fondo de que se trate, conforme a lo dispuesto reglamentariamente.

Cada una de las partes alícuotas, de igual valor y características, en las que se divide el patrimonio de un fondo de inversión abierto o un fondo de inversión cerrado, que expresa los aportes realizados por un aportante y que otorga a este último, derechos sobre el patrimonio del mismo.

La calificación de riesgo es la opinión de una agencia calificadora de riesgo sobre la solvencia y capacidad que tiene un emisor y los valores que emite, de cumplir con sus compromisos financieros. Conforme la Ley del Mercado de Valores, la calificación de riesgo debe considerar los aspectos propios del emisor, la emisión y lo relativo al riesgo país.

Los diferentes niveles de la escala señalan el grado de riesgo asociado de cada emisión o del emisor. Por tanto, para su mejor comprensión, se recomienda leer el significado de cada nivel y el informe que acompaña la calificación, para conocer los fundamentos en que se basa la agencia calificadora para asignar una calificación.

Es una nota otorgada por las empresas calificadoras de riesgo a los diversos instrumentos de renta fija que se colocan en el mercado (bonos corporativos, bonos subordinados, papeles comerciales entre otros.). La misma es la opinión de la agencia calificadora de riesgo sobre la capacidad de una sociedad para cumplir con sus obligaciones financieras.

Para otorgar una calificación de riesgo se consideran tanto aspectos cuantitativos como cualitativos, dentro de los que encuentran: las fortalezas y debilidades de la empresa emisora para cumplir adecuadamente sus compromisos de pago, el modelo de negocio, la propiedad o administración, salud y desempeño financiero de la sociedad, la industria en que se desarrolla el negocio, las características propias del instrumento, las garantías otorgadas, entre otros factores.

  • Rentabilidad: Generalmente superior a los productos tradicionales de ahorro.
  • Asesoría: Los fondos cuentan con asesoras de inversión y con un área de servicio al cliente para resolver tus inquietudes.
  • Disponibilidad: Una vez cumplido el plazo mínimo de permanencia puedes disponer de tu dinero cuando lo desees, sin penalidades.
  • Manejo profesional: Los fondos mutuos deben contar con un equipo de profesionales expertos en inversiones, que buscan constantemente las mejores oportunidades de inversión para tu dinero.
  • Fácil acceso: No necesitas grandes sumas de dinero para ingresar de manera rápida y sencilla al mercado de capitales local e internacional.
  • Diversificación: Los fondos mutuos invierten tu dinero en una variedad de instrumentos financieros, brindando una combinación adecuada de rentabilidad y seguridad. Recuerda que a mayor diversificación menor riesgo.

El rendimiento o beneficio que genera un fondo de inversión está relacionado directamente con los activos en los que se ha invertido el dinero de los inversionistas, así como los intereses que devenguen dichos activos. Por tanto, no existe un rendimiento fijo para los inversionistas, pues al valorarse los activos a precios de mercado es probable que ocurran cambios o fluctuaciones en los precios de éstos que impacten los rendimientos.

Sí, la inversión en un fondo de inversión es del tipo “renta variable”. Si los títulos que componen la cartera del fondo disminuyen su precio drásticamente o durante un período consecutivo, sus rendimientos (ganancias o pérdidas) e inversión inicial pueden verse afectados.

El valor de la cuota se calcula dividiendo el valor del patrimonio de un fondo entre el número de cuotas en circulación. De esta manera el valor cuota de un determinado fondo cambiará a medida que crezca o se reduzca el valor de su patrimonio.

Es el proceso que consiste en el agrupamiento o empaquetamiento de bienes o activos generadores de flujos de caja, mediante la creación de un patrimonio separado administrado por una sociedad titularizadora, o de un fideicomiso de oferta pública administrado por un fiduciario autorizado. Podrá estructurarse un proceso de titularización a partir de bienes o activos, presentes o futuros, flujos de pago, o derechos existentes sobre los mismos, que sean generadores de flujos de caja; siendo todos éstos la fuente de pago exclusiva para atender las obligaciones emergentes de la emisión.

De conformidad con la Ley del Mercado de Valores, la titularización es un proceso que se inicia con la transferencia irrevocable de bienes o activos con características homogéneas a un fiduciario o a una sociedad titularizadora, para la constitución de un fideicomiso de oferta pública o un patrimonio separado, según corresponda. Dicho proceso continúa con la emisión y colocación de los valores y termina con la extinción del fideicomiso o del patrimonio separado correspondiente. Esta extinción se dará una vez que se hayan redimido todos los valores emitidos y se hayan terminado de pagar, en dinero o en especie, todas las obligaciones de dicho fideicomiso o del patrimonio separado y se haya culminado con su liquidación.

Las sociedades titularizadoras son entidades cuyo objeto exclusivo es estructurar, constituir, representar y administrar patrimonios en procesos de titularización, para realizar la emisión de los valores correspondientes y administrar integralmente el proceso de titularización. Adicionalmente, estas sociedades pueden adquirir, con recursos propios, activos o bienes dentro de un proceso de titularización, para mantenerlos en su balance en desarrollo de su objeto social. Junto a las sociedades fiduciarias, tienen a su cargo la administración, la representación legal y la defensa de los intereses de uno o más patrimonios separados o fideicomisos de oferta pública, según corresponda.

Es la modalidad de fideicomiso constituido con el fin ulterior y exclusivo de respaldar emisiones de oferta pública de valores realizadas por el fiduciario, con cargo al patrimonio fideicomitido, el cual podrá estar constituido en las modalidades establecidas en la Ley núm.189-11, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, de fecha 16 de julio del 2011.

Para invertir en el mercado de valores, debes dirigirte a un Puesto de Bolsa inscrito en el Registro de Mercado de Valores. En esta entidad debe atenderle un corredor de valores autorizado, realizarle un cuestionario para conocer sus necesidades, determinar su perfil de inversionista y recomendarle la inversión acorde a su perfil y objetivos de inversión.

En el puesto de bolsa se le requerirá firmar una serie de documentos y acuerdos, los cuales le invitamos a leer detenidamente previo a su firma, pues en ellos se describen los términos, condiciones, derechos, obligaciones, entre otros aspectos de su interés, que regirán la relación comercial y las inversiones que realizará empleando los servicios de la entidad seleccionada.

Antes de realizar cualquier operación, asegúrese de requerir a su puesto de bolsa toda la información relativa al instrumento de inversión de su elección y su emisor, entre los que podemos citar: el prospecto de emisión, los estados financieros auditados y la calificación de riesgo.

Para más recomendaciones, te invitamos a leer el “Decálogo del Inversionista” y tener presente las advertencias emitidas por la Superintendencia del Mercado de Valores respecto de las entidades no reguladas y esquemas fraudulentos.

La Superintendencia del Mercado de Valores no hace recomendaciones de inversión. Sin embargo, pone a tu disposición la información pública respecto de los valores autorizados e inscritos en el Registro y de los participantes del mercado de valores regulados, para que puedas tomar una decisión informada respecto de la entidad a través de la cual invertir y los instrumentos disponibles en el mercado de valores para ti. Puedes acceder a esta información en formato electrónico, a través de este enlace:

Asimismo, previo a invertir en el mercado, te exhortamos a solicitar a la entidad de tu preferencia los documentos que contienen información sobre el emisor y la emisión, entre los que vale citar: el prospecto de emisión, la calificación de riesgo y los estados financieros auditados.

Para más recomendaciones, te invitamos a leer el “Decálogo del Inversionista” y tener presente las advertencias emitidas por la Superintendencia del Mercado de Valores respecto de las entidades no reguladas y esquemas fraudulentos.

A diferencia de los valores representativos de deuda (bonos), cuya tasa de interés está pactada de antemano, las acciones son de renta variable. Al comprar una acción de una sociedad, su participación lo convierte en propietario de la sociedad emisora, en proporción a la inversión realizada. Con las acciones, usted obtiene el derecho a participar en las utilidades o pérdidas que tenga la sociedad. También podría experimentar pérdidas o ganancias si el precio de la acción baja o sube, en relación al costo inicial que usted pagó por ella.

Por su parte, los bonos son valores de renta fija que otorgan a sus dueños derechos económicos fijos, es decir, derecho a percibir los intereses pactados y a la devolución de la totalidad o parte del capital invertido en una fecha dada.

El tenedor de un bono, se convierte en acreedor de la compañía, mientras que el accionista se convierte en accionista- propietario de una parte del capital social, proporcional a su inversión.

Usted debe tener presente que a toda inversión se asocia a algún grado de riesgo, aun cuando se trate de valores emitidos por el Estado, existiendo una estrecha relación entre rendimiento y riesgos, es decir, que entre más alto el rendimiento, más alto es el riesgo; entre más bajo el riego, más bajo es el rendimiento.

A la hora de invertir en el mercado de valores, asegúrese de que su asesor o su corredor de valores determine y le informe cuál es su perfil de inversionista, para que pueda conocer su tolerancia al riesgo o capacidad para asumir pérdidas, entre otras variables, que le permitirán seleccionar las opciones que se ajustan a sus necesidades u objetivos de inversión.

Para más recomendaciones, te invitamos a leer el “Decálogo del Inversionista” y tener presente las advertencias emitidas por la Superintendencia del Mercado de Valores respecto de las entidades no reguladas y esquemas fraudulentos.

La tasa de interés que pagan los títulos valores las define cada emisor. Por tanto, debe consultar la información correspondiente a cada emisión, entre las que vale citar: el prospecto de emisión y los avisos correspondientes a la oferta pública de su interés.

Para más información sobre los emisores de valores y los valores de oferta pública, te invitamos a verificar el Registro del Mercado de Valores, al cual puedes acceder en formato electrónico empleando este enlace: https://seri.simv.gob.do/consulta/Participantes_Tipos.php

La tasa de interés es la ganancia o beneficio que paga un valor, mientras que el rendimiento es el beneficio real que genera el mismo. A manera de ejemplo, si usted compra un bono por un valor de RD$1,000 pesos, que vence en un año y paga un interés de un 10%, usted recibirá a final del año RD$1,100 pesos (los RD$1,000 pesos que invirtió, más RD$100 pesos de interés que generó dicho bono). Por tanto, esos RD$100 pesos adicionales son la ganancia, que representa el 10% de tasa de interés que se ofreció con el bono.

Por otro lado, si ese mismo bono que vale RD$1,000 pesos y que paga la misma tasa de interés, usted lo compra a RD$990 pesos, usted recibirá los mismos RD$1,100 pesos al final, sólo que esta vez recibiría RD$110 pesos adicionales (RD$1,100 menos los RD$990 que invirtió). En términos porcentuales, esos RD$110 pesos representan un 11.11% de los RD$990 pesos, y dicho porcentaje se conoce como tasa de rendimiento.

Sin embargo, si hubiese pagado RD$1,025 pesos por ese mismo bono, el rendimiento sería la diferencia de los RD$1,100 que recibiría al final, menos los RD$1,025 pesos que pagó por el valor, lo que es igual a RD$75 pesos. Estos RD$75 pesos representan un 7.32% de los RD$1,025 pesos. Por tanto, el rendimiento es menor.

  • Obtención de tasas de interés más atractivas;
  • Acceso a inversiones de grandes y medianas empresas;
  • Elevados niveles de liquidez, fácil venta de los valores en el Mercado Secundario;
  • Facilidad de acceso a las inversiones;
  • Diversidad de instrumentos de inversión; y
  • Acceso a información transparente, oportuna y veraz sobre el emisor y los valores que se ofrecen para la toma de decisiones.
  • Obtención de financiamiento a menor costo;
  • Alternativas financiamiento a corto, mediano y largo plazo;
  • Permite establecer las condiciones del financiamiento de acuerdo a sus necesidades;
  • Acceso a mayores volúmenes de recursos para financiamiento;
  • Diversifica sus fuentes de recursos;
  • Posibilita la recompra de sus valores en el mercado, en la cantidad y el momento que lo considere oportuno;
  • Estimula la disciplina y el manejo profesional de la empresa;
  • Facilita la reestructuración de pasivos;
  • Reduce los riesgos de la empresa; y
  • Facilita las alianzas estratégicas.

Con el propósito de contribuir con la educación e inclusión financiera, la Superintendencia del Mercado de Valores realiza diversas actividades de capacitación gratuitas, dirigidas al público en general, en modalidad presencial y virtual.

Para mayor información sobre las capacitaciones disponibles y formalizar su inscripción, los interesados pueden acceder a la página web de la Superintendencia, en la pestaña de Escuela Bursátil y dar seguimiento a las publicaciones de la institución en sus redes sociales (@simvrdo).