NOMBRE REPRESENTATIVO O COLOQUIAL
Proveedoras de Precios
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
Autorización e Inscripción en el Registro de Mercado de Valores de las Sociedades Proveedoras de Precios.
A QUIÉN VA DIRIGIDO
A las personas jurídicas interesadas en realizar la actividad de prestación habitual y profesional del servicio de cálculo, determinación y suministro de precios actualizados para valoración de valores e instrumentos financieros que se negocien en los mercados nacionales e internacionales.
ÁREA RESPONSABLE DENTRO DEL ORGANISMO
Dirección de Participantes
CONTACTOS DEL ÁREA
Tel.: 809-221-4433 Ext.: 2502
Correo electrónico: info@simv.gob.do
VERSIÓN Y REVISIÓN
1.0
ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIOS (SLA)
N/A
REQUERIMIENTOS PARA OBTENER EL SERVICIO
Remitir Formulario de solicitud de autorización e inscripción en el Registro de Mercado de Valores, junto a los documentos legales y operativos que requieren las disposiciones vigentes, entre las cuales se encuentran los siguientes:
Documentación Legal:
a) Razón o Denominación Social, conteniendo la expresión “Proveedor de Precios”;
b) Objeto social de la sociedad comercial;
c) Domicilio, teléfono, fax, correo electrónico de la sociedad comercial y página Web;
d) Capital social autorizado y capital suscrito y pagado;
e) Composición del Consejo de Administración u órgano equivalente y nombres de los gerentes, incluyendo datos como cédula de identidad y electoral, profesión u ocupación, estado civil, nacionalidad y domicilio.
f) Nombre, nacionalidad, Cédula de Identidad y Electoral, profesión u ocupación, estado civil y domicilio del representante legal;
g) Detalle de las operaciones y servicios que la sociedad se propone realizar;
h) Reglamento Interno que contenga la metodología de determinación de precios;
i) Modelos de contratos que utilizarán para la prestación de sus servicios;
En la Norma para Proveedores de Precios que establece Requisitos de Inscripción en el Registro del Mercado de Valores y Productos (R-CNV-2009-01-PP), se detallan los documentos restantes.
Norma R-CNV-2009-01-PPPROCEDIMIENTOS PARA OBTENER EL SERVICIO
PASO 1. El solicitante debe completar el formulario de solicitud de inscripción de este servicio, el cual se encuentra disponible en la página web www.simv.gob.do/SERVICIOS/Autorización Participantes y la Oferta Pública/Dirección de Participantes/ Servicios. La principal norma de referencia para este este servicio es la Norma para Proveedores de Precios que establece Requisitos de Inscripción en el Registro del Mercado de Valores y Productos (R-CNV-2009-01), existen otras disposiciones complementarias.
PASO 2. El solicitante debe depositar ante la SIMV, el formulario de solicitud de inscripción, los documentos anexos y la constancia de pago de depósito de documentos según el Reglamento de Tarifas (R-CNMV-2018-10-MV) y la actualización por indexación (Circular Núm. 08/2021) El formulario y la documentación anexa debe estar completa al momento de presentarla. La norma relativa a la inscripción de este servicio es “Norma para Proveedores de Precios que establece Requisitos de Inscripción en el Registro del Mercado de Valores y Productos (R-CNV-2009-01-PP)”. La solicitud deberá estar suscrita por el representante legal de la compañía o por el apoderado general o especial constituido para tales efectos.
PASO 3. Luego de ser evaluada la solicitud de inscripción, por parte de la SIMV, en caso de ser aprobada, el solicitante debe realizar el pago de inscripción según el Reglamento de Tarifas R-CNMV-2018-10-MV y la actualización por indexación (Circular Núm. 08/2021).
HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Laboramos de Lunes a Viernes de 8:30 a.m. – 4:30 p.m.
COSTO DEL SERVICIO
Cincuenta y seis Mil Pesos Dominicanos con 00/100 (DOP 56,000.00) por depósito de documentos.
Ciento sesenta y ocho mil Pesos Dominicanos con 00/100 (DOP 168,000.00) por Tarifa de Regulación A: Inscripción en el Registro del Mercado de Valores.
R-CNMV-2018-10-MV
Reglamento de tarifas por concepto de regulación y por los servicios de la superintendencia del mercado de valores
TIEMPO DE RESPUESTA DE LA SOLICITUD
Según la Norma R-CNV-2009-01-PP, Artículo 16.- Trámite de Autorización. Una vez recibida la solicitud con las informaciones y documentos referidos en esta norma, la Superintendencia dispondrá de un plazo de treinta (30) días calendario para aprobarla.
Este plazo aplica en caso de que la Superintendencia no formule observaciones. Ver la norma R-CNV-2009-01-PP para más detalles.
TIEMPO DE REALIZACIÓN
N/A
CANALES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Presencial | Web