Santo Domingo, D.N. – El Consejo Nacional de Valores de la Superintendencia de Valores mediante la Segunda Resolución de fecha 04 de julio de 2017, aprobó a Administradora de Fondos de Inversión BHD, S.A. el fondo de inversióndenominado “Fondo Mutuo Renta Fija – BHD Plazo 90 Días”.
Los fondos mutuos o abiertos tienen un plazo de duración indefinida, con un patrimonio y número de cuotas de participación variable. Además, sus cuotas son redimibles directamente por el fondo a través de la Sociedad Administradora.
La condición de aportante de un fondo de inversión abierto se adquiere por la suscripción de sus cuotas. Como constancia de la suscripción de cuotas realizada, la sociedad administradora entregará al aportante un certificado o comprobante de suscripción.
El Fondo Mutuo Renta Fija – BHD Plazo 90 Días es un fondo de inversión abierto de mediano plazo, que tiene por objeto ofrecer a sus aportantes una alternativa de inversión a través de un mecanismo que invierta en certificados de depósitos y depósitos en cuentas corriente, de ahorro y en valores representativos de deuda de renta fija, inscritos en el Registro del Mercado de Valores y Productos de la República Dominicana, y denominados en Pesos Dominicanos y Dólares de los Estados Unidos de América, emitidos en el mercado local por empresas e instituciones constituidas en la República Dominicana o en el extranjero, ofreciendo la posibilidad de un rendimiento de inversiones a mediano plazo teniendo la facilidad de disponer de recursos cada 90 días. Por tratarse de un Fondo de mediano plazo, la duración promedio ponderada del portafolio de inversión será superior a 360 días y no excederá los 720 días.
El Fondo de Inversión Fondo Mutuo Renta Fija – BHD Plazo 90 Díasse dirige al Público en General. Por su perfil de riesgo el Fondo está dirigido a personas físicas y jurídicas de renta media y alta con disposición de asumir la volatilidad relativa de un portafolio de mediano plazo, con posibilidad de mantener recursos a un plazo de 90 días.
El monto mínimo de aporte inicial y saldo mínimo de permanencia por aportante para adquirir cuotas de participación del fondo de inversión Fondo Mutuo Renta Fija – BHD Plazo 90 Días es de Cien Mil Pesos Dominicanos (RD$100,000.00). Una vez se encuentre vinculado el aportante al fondo para las suscripciones adicionales el valor mínimo de aporte será de Mil Pesos Dominicanos (RD$1,000.00). El valor nominal de las cuotas de participación al primer día de suscripción será de Mil Pesos Dominicanos (RD$1,000.00).
Los aportantes estarán sujetos a un período de permanencia de noventa (90) días calendarios renovables. Los noventa (90) días se cuentan a partir de la fecha de la suscripción inicial de cada aportante. El día siguiente de vencido el plazo de noventa (90) días inicia un nuevo plazo de permanencia de otros noventa (90) días y así sucesivamente. Los aportantes contarán con dos (2) días hábiles para efectuar el rescate de sus cuotas, sin penalidad alguna al inicio de cada período de 90 días. Si el rescate de cuotas sucede vencido el plazo de dos (2) días hábiles, los aportantes estarán sujetos a una comisión o penalidad por rescate según se define el procedimiento en el Reglamento Interno del Fondo.
El fondo de inversión no distribuye beneficios periódicamente, sino que los beneficios o pérdidas generadas por el fondo están implícitos en la valoración de las cuotas de participación.
El Fondo Mutuo Renta Fija – BHD Plazo 90 Días no ha sido calificado por una sociedad calificadora de riesgo, por ende, es sin calificación de riesgo.
Administradora de Fondos de Inversión BHD, S.A. no ofrece pagar intereses, ni garantiza una tasa fija de rendimiento sobre la inversión en las cuotas del fondo de inversión. La rentabilidad del fondo de inversión es variable, por ello, no es posible asegurar que el inversionista o aportante obtendrá en el futuro una rentabilidad determinada o que el valor de cuota alcanzará un valor predeterminado.
Finalmente, cabe destacar que la aprobación del “Fondo Mutuo Renta Fija – BHD Plazo 90 Días” y su inscripción en el Registro del Mercado de Valores y Productos no implica que la Superintendencia de Valores recomiende la suscripción de sus cuotas u opine favorablemente sobre la rentabilidad o calidad de las inversiones del fondo.