Ley 163-21 resuelve todos los obstáculos que tenía el sector para que las empresas puedan emitir acciones
Santo Domingo, D. N.,
“Te puedo anunciar que ya en este mes, quizás, la próxima semana, ya esté la primera empresa con el primer prospecto para la Superintendencia estudiar y aprobar la primera oferta pública de acciones del país”, expresó el funcionario.
Informó al público en general y a las sociedades anónimas que, potencialmente, deseen incursionar en el mercado de valores dominicano mediante la oferta pública de sus acciones conforme se encuentra establecido en la Ley número 163-21 de Fomento a la Colocación y Comercialización de Valores de Oferta Pública en el Mercado de Valores de la República Dominicana que fue promulgada en fecha seis de agosto de 2021, que está todo listo.
“Anunciamos a todos los interesados que la Superintendencia tiene todo listo a través de sus reglamentos de oferta pública, pero en adición a eso, la Superintendencia está dispuesta a orientar y acompañar todas aquellas empresas que quieran participar, que quieran salir al mercado con acciones, que es un elemento novedoso en el país y que pone el mercado de capital de nuestro país en otra dimensión”, expresó Castro.
La SIMV explica que la ley 163-21 tiene por objeto el fomento a la colocación y comercialización de valores de oferta pública en el mercado de valores a través de la creación de distintos incentivos al emisor y al público inversionista; los cuales consisten en: exención temporal por tres años, contados a partir de la entrada en vigencia de la ley, de impuestos al aumento de capital realizado por sociedades cotizadas mediante oferta pública de acciones.
Además, disminución temporal por tres años, contados a partir de la entrada en vigencia de la ley, de la tasa del impuesto sobre las ganancias de capital al vendedor de las acciones inscritas en el Registro del Mercado de Valores que se suscriban o negocien en el mercado de valores y sean parte de una oferta pública, la cual será de un 15 %.
Asimismo, establecimiento de un régimen especial de responsabilidad para los adquirientes de las acciones inscritas en el Registro del Mercado de Valores que se suscriban o negocien en el mercado de valores y sean parte de una oferta pública; y, competencia otorgada al Consejo Nacional del Mercado de Valores para conceder tratamientos regulatorios diferenciados temporales por tres años, contados a partir de la entrada en vigencia de la ley, para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el numeral 7) del artículo 216; artículo 217; numeral 3) del artículo 219; artículos 224 y 225 y el párrafo del artículo 226 de la Ley núm. 249-17 del Mercado de Valores de la República Dominicana.
El director ejecutivo de la Asociación de Puestos de Bolsa de la República Dominicana (APB), Mario A. Franco, indicó a Diario Libre que la ley 163-21 resuelve todos los obstáculos que tenía el sector para que las empresas puedan emitir acciones.
Agregó que se ha estado reuniendo con representantes del sector empresarial como el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), a quienes les ha presentado los temas que resuelve la ley.
“Informándole que no hay nada pendiente, que lo que queremos es que comiencen a emitir”, indicó el ejecutivo.
El Consejo del Mercado de Valores aprobó el Reglamento de Oferta Pública el 29 de octubre 2019. En su momento la APB consideró que el Reglamento de Oferta Pública es una pieza fundamental para el acceso al mercado de valores y aprovechar las oportunidades de financiamiento que el mismo ofrece. Este reglamento forma parte de los 16 establecidos para la aplicación de la Ley 249-17, que regula el mercado de valores de la República Dominicana. De ese conjunto de reglamentos 11 ya están listos.
“Faltan cinco, pero con los 11 que ya tenemos podemos perfectamente tirar para adelante. Esa nueva ley lo que dice, básicamente, es que en lo que se prepara un nuevo reglamento, el reglamento viejo sigue en aplicación, o sea, no es que no hay un régimen claro, lo hay ya”, precisó Franco.
Entre los aprobados están: Reglamento de Gobierno Corporativo; Reglamento de Oferta Pública; Reglamento Interno del Consejo Nacional del Mercado de Valores; Reglamento de tarifas por concepto de regulación y por los servicios de la Superintendencia; Reglamento que regula la prevención del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de construcción masiva en el mercado de valores dominicano.
Además, Reglamento para establecer y operar el Mercado OTC y Sistemas de Registros de Operaciones sobre Valores; Reglamento de Sociedades Administradoras y Fondos de Inversión; Reglamento para establecer y operar Mecanismos Centralizados de Negociación.
También, Reglamento para los Depósitos Centralizados de Valores y Sistemas de Compensación y Liquidación de Valores y el Reglamento para los Intermediarios de Valores.
El superintendente del Mercado de Valores explicó, además, que en la República Dominicana existe una ley (249-17) que se hizo en base a los principios de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO), que es el organismo que agrupa a los reguladores del mundo.
“IOSCO tiene unos 34 principios, esa ley está ajustada a esos cánones”, subrayó.
El funcionario aseguró que como autoridades han ido construyendo un mercado de capitales que tiene una gran potencialidad para financiar a las empresas y al Estado dominicano.
Fuente: Joaquín Caraballo, Diario Libre