Santo Domingo, D. N.
La Superintendencia del Mercado de Valores habilitó un simulador de examen, a través de su página web (www.simv.gob.do), que permitirá recrear un escenario de prueba no vinculante para fines de estudio. Esta innovadora iniciativa busca ayudar a los postulantes a medir sus conocimientos de manera más asertiva, por medio de pruebas que simulan un nivel de dificultad semejante al que experimentan el día que presentan el examen.
El ejercicio virtual, que también permitirá conocer el tiempo que le tomará a la persona resolver el examen, tiene como objeto principal identificar los temas a reforzar para lograr mejores resultados.
La SIMV, también informó a los corredores de valores y promotores de fondos de inversión persona física, mediante la Circular núm. 14/22 publicada el pasado 6 de enero de 2023, que los exámenes de acreditación para la renovación de las licencias estarán habilitados a partir del nueve (9) de febrero de dos mil veintitrés (2023). La Circular también exhorta a los corredores de valores que, al momento de realizar su solicitud para acreditar el examen, deberán remitir una carta de solicitud de admisión en un período mínimo de diez (10) días hábiles previo a la fecha en la cual se impartirá el examen para ser corredor de valores. La solicitud deberá indicar si opta para licencia de Corredor Serie A o Serie B anexando la información requerida por el artículo 16 (Documentación requerida al solicitante) del reglamento para intermediario de valores.
La solicitud de admisión al examen para ser corredor de valores deberá estar acompañada de la siguiente documentación:
1. El formulario de solicitud de inscripción como corredor de valores, debidamente completado y firmado por el solicitante;
2. Copia del documento de identidad;
3. Una (1) foto reciente a color, tamaño 2×2, en formato físico o digital;
4. Currículum Vitae del solicitante contentivo de su trayectoria laboral y formación académica;
5. Certificación emitida por la Procuraduría General de la República Dominicana, donde conste que el solicitante no tiene antecedentes penales. Esta certificación deberá ser emitida dentro de los treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de la solicitud;
6. En el caso de corredores de valores Serie B, certificación de grado de educación superior de una universidad nacional o extranjera, o certificación laboral en la que se verifique que el solicitante ha laborado en el área de negocios, o áreas afines de una entidad que opere en el sistema financiero por un período de al menos dos (2) años;
7. Comprobante del pago realizado por concepto de depósito de documentos conforme a lo establecido en el Reglamento de Tarifas.
La regulación aplicable para el contenido de los exámenes de acreditación para los corredores de valores y los promotores de inversión persona física son la Ley núm. 249-17 y sus reglamentos de aplicación y el proceso aplicable para efectuar las solicitudes para acreditar los exámenes y obtener la expedición de la licencia es el establecido en la normativa vigente sobre la materia.