La Superintendencia del Mercado de Valores es un organismo autónomo y descentralizado del Estado, investido con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, financiera y técnica, con capacidad para demandar y ser demandado.
El objeto de la Superintendencia es promover un mercado de valores ordenado, eficiente y transparente, proteger a los inversionistas, velar por el cumplimiento de la Ley núm. 249-17 del Mercado de Valores y su normativa complementaria y mitigar el riesgo sistémico, mediante la regulación y la fiscalización de las personas físicas y jurídicas que operan en el mercado de valores.
La Superintendencia está integrada por un órgano colegiado denominado el Consejo Nacional del Mercado de Valores y un funcionario ejecutivo denominado Superintendente del Mercado de Valores, quien tiene a su cargo la dirección, control y representación de la Superintendencia.
El Consejo Nacional del Mercado de Valores es el órgano competente para establecer los reglamentos relativos a las actividades del mercado de valores señaladas en la Ley núm. 249-17 y corresponde al Superintendente del Mercado de Valores el desarrollo de las normas técnicas u operativas derivadas de la Ley núm. 249-17 y de los reglamentos aplicables y normas necesarias para el ejercicio de su potestad de auto organización interna.
Atribuciones del Consejo Nacional del Mercado de Valores
- Formular las políticas para el mercado de valores.
- Monitorear y evaluar el cumplimiento por parte de la Superintendencia de los objetivos estratégicos trazados.
- Definir y aprobar el modelo de supervisión del mercado de valores que adoptará la Superintendencia.
- Revisar de manera periódica el marco regulatorio del mercado de valores, adecuándolo a las tendencias y realidades del mercado y proponer, por iniciativa propia o a propuesta del Superintendente, las modificaciones que sean necesarias.
- Dictar, a propuesta del Superintendente, los reglamentos de aplicación de la Ley de Mercado de Valores.
- Definir, cuando no lo haya hecho la ley, los términos referentes al mercado de valores.
- Conocer y aprobar la memoria y el presupuesto anual de la Superintendencia, incluyendo las tarifas aplicables a los participantes del mercado de valores, lo cual deberá ser aprobado por mayoría calificada de las dos terceras (2/3) partes de los miembros del Consejo.
- Conocer y aprobar la intervención, exclusión, suspensión, fusión, cambio de control y liquidación de los participantes del mercado de valores, conforme a lo establecido en Ley de Mercado de Valores, lo cual deberá ser aprobado por mayoría calificada de las dos terceras (2/3) partes de los miembros del Consejo.
- Autorizar la inscripción en el registro de las sociedades administradoras de mecanismos centralizados de negociación, administradoras de sistemas de registro de operaciones sobre valores, depósitos centralizados de valores y entidades de contrapartida central.
- Conocer los recursos jerárquicos contra las decisiones del Superintendente.
- Requerir, cuando lo considere de lugar, cualquier informe al Superintendente respecto del mercado de valores.
- Adoptar las medidas que estime necesarias para garantizar la protección de los inversionistas, y
- Otras atribuciones establecidas en la Ley de Mercado de Valores.
Atribuciones del Superintendente del Mercado de Valores
- Ejecutar la política del mercado de valores conforme a los lineamientos establecidos por el Consejo.
- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Ley de Mercado de Valores y sus reglamentos, asegurando la correcta aplicación de sus principios, políticas y objetivos.
- Autorizar a los participantes del mercado de valores, en los casos en que esta competencia no se haya reservado al Consejo en la Ley de Mercado de Valores.
- Autorizar e inscribir en el Registro las ofertas públicas de valores.
- Intervenir y suspender de manera provisional, a los participantes del mercado de valores, en la forma prevista en la Ley de Mercado de Valores.
- Suspender de manera provisional la cotización o negociación de valores objeto de oferta pública.
- Excluir del Registro los valores de oferta pública y sus emisores, según se establece en la Ley de Mercado de Valores.
- Supervisar, inspeccionar y fiscalizar las actividades y operaciones de los participantes del mercado de valores.
- Conocer y aprobar la fusión y cambio de control de los participantes del mercado de valores sujetos a su aprobación, conforme a lo establecido en la Ley de Mercado de Valores.
- Conocer y resolver los recursos administrativos que le sean sometidos, cuando sean de su competencia, incluyendo las apelaciones interpuestas contra las decisiones de las entidades de autorregulación.
- Requerir las informaciones que deberán suministrar las personas físicas y jurídicas inscritas en el Registro.
- Requerir informaciones de personas físicas y entidades no reguladas, incluyendo a los inversionistas, directamente o a través de sus órganos reguladores y supervisores, cuando éstas posean datos que, a juicio de la Superintendencia, sean considerados necesarios para investigaciones realizadas sobre dichas personas o entidades dentro del cumplimiento de sus funciones.
- Organizar y mantener el Registro del Mercado de Valores.
- Dictar las resoluciones, circulares e instructivos requeridos para el desarrollo de la Ley de Mercado de Valores y sus reglamentos.
- Evaluar, investigar y decidir respecto de las denuncias o quejas sobre operaciones contrarias a la Ley de Mercado de Valores detectadas en el mercado de valores.
- Detectar e investigar, mediante procedimiento administrativo, los actos contrarios a la Ley de Mercado de Valores y sus reglamentos, en que incurran los participantes del mercado de valores, incluyendo a sus accionistas, miembros de su consejo de administración, ejecutivos principales y empleados.
- Sancionar, en la forma prescrita por la Ley de Mercado de Valores y sus reglamentos, a los infractores de sus disposiciones.
- Accionar ante los tribunales e instituciones correspondientes en contra de las personas físicas o jurídicas objeto de supervisión, que hayan cometido irregularidades con relación al mercado de valores, y solicitar el auxilio de la fuerza pública y judicial cuando lo considere necesario, sin perjuicio de la potestad sancionadora.
- Elaborar el presupuesto anual y presentarlo ante el Consejo, para fines de su aprobación.
- Presentar la memoria anual al Poder Ejecutivo, vía el Consejo.
- Cooperar con las autoridades nacionales o de jurisdicciones extranjeras, mediante el intercambio de información relevante para la investigación de posibles infracciones a las normas del mercado de valores dominicano o de la jurisdicción extranjera de que se trate.
- Suscribir acuerdos internacionales en materia del mercado de valores, memorandos y protocolos de entendimiento, acuerdos de cooperación y cualquier otro convenio que contribuya con el desarrollo del mercado de valores.
- Aprobar las normas de autorregulación, acorde a lo dispuesto reglamentariamente.
- Ejercer las demás funciones e intervenir en otros asuntos de su competencia relacionados con el desarrollo del mercado de valores, así como las que le confieran las leyes, decretos y reglamentos aplicables.
- Requerir que la(s) persona(s) que infrinja(n) las disposiciones de la Ley de Mercado de Valores, suspenda(n) las actividades que constituyan tal violación, y
- Cualquier otra función que le sea encomendada por el Consejo y la Ley de Mercado de Valores.
Misión
Regular y supervisar con el objetivo de lograr un mercado de valores ordenado, transparente y eficiente, que expanda el financiamiento a las empresas y permita la inversión del público protegiendo sus derechos.
Visión
Ser una Institución técnica, confiable, innovadora, con un equipo humano competente y comprometido, reconocida como líder por la calidad de la supervisión y regulación del mercado de valores.
Valores
- Técnicos y confiables:
Enfocados en tomar decisiones consistentes, basadas en datos y análisis de riesgos. - Éticos:
Actuamos con transparencia, integridad y equidad para garantizar los derechos de los inversionistas. - Comprometidos:
Supervisamos, cumplimos y hacemos cumplir las normas, brindando un servicio de excelencia. - Innovadores:
Somos una Institución con la vista puesta en la mejora continua de cara al desarrollo y evolución del mercado de valores.